| La Comunidad Andina cuenta con una norma comunitaria (Decisión 608) que tiene como objetivo la protección y promoción de la libre competencia en el ámbito de sus cuatro Países Miembros. |
| Los cuatro países de la CAN cuentan con una Mesa Andina de Trabajo sobre la Promoción y Protección de los Derechos del Consumidor, en ella se promueve la activa participación de las instituciones públicas y privadas, vinculadas con la defensa de los derechos del consumidor. |
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Desde el mes de marzo de 2005, los Países Miembros de la Comunidad Andina cuentan con una norma comunitaria (Decisión 608) que contiene las normas para proteger y promover la libre competencia en el ámbito de la CAN, buscando la eficiencia en los mercados y el bienestar de los consumidores.
Esta norma comunitaria identifica el tipo de conductas que considera restrictivas de la libre competencia y establece las facultades de la Secretaría General para realizar investigaciones relacionadas con la libre competencia.
En cuanto al tema de Protección al Consumidor, los Países Miembros han conformado una Mesa Andina de Participación de la Sociedad Civil para la Defensa de los Derechos del Consumidor (Decisión 539), con el fin de promover la participación organizada de la sociedad civil en el proceso de toma de decisiones al interior de la Comunidad Andina.
Enlace de interés
Grupo Andino de Consumidores
http://www.consumidoresandinos.com/
