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De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2° de la
Decisión 624 y
el Capítulo I del Reglamento Interno,el Comité Andino de Autoridades
Reguladoras del Mercado de Valores es el órgano asesor de la Comisión de la
Comunidad Andina para la promoción del proceso de integración de estos mercados
en la Subregión, para lo cual toma en cuenta la protección de los pequeños
inversores y el desarrollo justo, eficiente y transparente de dichos mercados.
Este Comité se reúne ordinariamente por lo menos dos veces al año, pudiendo reunirse
de forma extraordinaria cuando aplique, constando en
Actas
las voluntades, opiniones y decisiones de los miembros del Comité.
El Comité ha adoptado como propios, para el desarrollo de sus tareas y
actividades, los principios de la
Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV)
y del Consejo
Interamericano de Reguladores de Valores (COSRA).
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