Estructura

 

 

 

Presidente:
La representación del Comité en las instancias en que está prevista su participación es ejercida por su Presidente, quien ejerce sus funciones por el término de un año, siguiendo el orden de rotación establecido para los demás órganos del Sistema Andino de Integración (SAI).

Al Presidente le corresponden las siguientes funciones:

  1. Ejercer la representación del Comité Andino de Autoridades Reguladoras del Mercado de Valores.

  2. Convocar a las sesiones del Comité, en coordinación con la Secretaría Técnica del mismo.

  3. Recibir y responder las comunicaciones que remitan la Comisión o la Secretaría General de la Comunidad Andina, en las que soliciten opinión del Comité. En estos casos, y antes de emitir las respuestas, el Presidente deberá entrar en contacto con los miembros del Comité a fin de conocer la opinión de cada uno de ellos. De no existir el consenso, el Presidente deberá indicar las opiniones en mayoría y minoría.

  4. Presentar ante la Comisión o la Secretaría General de la Comunidad Andina las opiniones que el Comité Andino de Autoridades Reguladoras del Mercado de Valores decida emitir sobre los programas o actividades del proceso de integración subregional, así como sobre propuestas de Decisión.

  5. Conocer las credenciales de los representantes nacionales ante el Comité acreditados oficialmente por cada uno de los Países Miembros.

  6. Elaborar y someter la agenda preliminar de las reuniones a la aprobación del Comité.

  7. Presentar un Informe Anual sobre las actividades del Comité a la Secretaría General de la Comunidad Andina, la que lo hará del conocimiento de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración (SAI). El Presidente ejercerá la representación del Comité ante el Consejo Asesor de Ministros de Hacienda, Bancos Centrales y Responsables de Planeación Económica de la Comunidad Andina.

  8. Presidir las sesiones y dirigir los debates.

  9. Instalar y presidir las reuniones de los grupos de expertos a que se refiere el Capitulo VII del Reglamento Interno.

  10. Designar al Secretario de Actas, en caso de ausencia o impedimento de la Secretaría Técnica del Comité.

  11. Llevar a cabo las gestiones que le sean solicitadas por el Comité.

  12. Velar por el cumplimiento del Reglamento Interno.

  13. Desempeñar las demás funciones que le asignen los órganos del Sistema Andino de Integración o el Comité en pleno.

Actualmente, ejerce la Presidencia del Comité el Sr. Fernando José De Candia Ochoa, Presidente de la Comisión Nacional de Valores de Venezuela.

Vicepresidente:
La Vicepresidencia del Comité la ejerce el país al que le corresponda la Presidencia en el siguiente período, de acuerdo al orden de rotación del Sistema Andino de Integración (SAI).

En caso de ausencia, impedimento o voluntad del Presidente, es el Vicepresidente quien ejerce la representación del Comité en las instancias en que esté prevista su participación.

Actualmente, ejerce la Vicepresidencia del Comité el Lic. Guillermo Aponte Reyes Ortíz, Superintendente de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros de Bolivia.

Secretaría Técnica:
Es la instancia de enlace del Comité con la Secretaría General de la CAN, a quien corresponden las siguientes funciones:

  1. Informar oportuna y permanentemente al Presidente, Vicepresidente y demás delegados acreditados, sobre los programas que se vienen desarrollando en el proceso de integración.

  2. Actuar como Secretario de Actas en las reuniones del Comité.

  3. Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias según las instrucciones de la Presidencia del Comité.

  4. Registrar las acreditaciones de los representantes titulares y suplentes, así como las de los asesores invitados por los Países Miembros a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité.

  5. Ser el depositario de las Actas y demás documentos oficiales del Comité.

  6. Ejercer las demás funciones que le delegue el Comité.

Actualmente, el Secretario Técnico del Comité es el Sr. Juan Falconí Morales.

Secretaría General:
Es el órgano ejecutivo de la Comunidad Andina que, por intermedio de funcionarios de su dependencia proporciona asesoría técnica al Comité Andino de Autoridades Reguladoras del Mercado de Valores y a su Presidente en los asuntos que sean materia de sus reuniones ordinarias y extraordinarias y demás labores. Asimismo, mantiene informado al Comité sobre los temas de la integración que sean de su interés y brinda asesoría y apoyo en la identificación de fuentes de cooperación internacional que permitan financiar las actividades del Comité. 

Corporación Andina de Fomento (CAF)
Es la institución financiera internacional considerada como el brazo financiero de la Comunidad Andina, la cual figura como una invitada permanente en las reuniones del Comité Andino de Autoridades Reguladoras del Mercado de Valores.