[inicio CAN] - [E-CAN] - [Mapa del sitio] - [Contacto]  

E SG/GAH.SC/II/INFORME
11 de julio de 2005
2.17.31
SEGUNDA REUNIÓN DEL GRUPO AD-HOC PARA EL PERFECCIONAMIENTO
DEL SISTEMA ANDINO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

7 – 9 de julio de 2005
Lima - Perú

INFORME
SEGUNDA REUNIÓN DEL GRUPO AD-HOC PARA EL PERFECCIONAMIENTO
DEL SISTEMA ANDINO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

RECOMENDACIONES DEL GRUPO AD-HOC DE LOS PAISES MIEMBROS PARA
EL PERFECCIONAMIENTO DEL SISTEMA ANDINO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS


En desarrollo de los mandatos del Décimo Quinto Consejo Presidencial, reunido en Quito, en julio de 2004, y del 90 Período de Sesiones Ordinarias de la Comisión, la Secretaría General convocó un Grupo Ad-Hoc de los Países Miembros para el Perfeccionamiento del Sistema Andino de Solución de Controversias, el cual se reunió en la ciudad de Lima entre el 25 y 26 de abril y el 7, 8 y 9 de julio de 2005.

Como resultado de sus deliberaciones, dicho Grupo acordó presentar, en forma conjunta con la Secretaría General, tanto a la Comisión como al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores las siguientes recomendaciones:


I. EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE INCUMPLIMIENTOS

A. Difusión y capacitación en Derecho Comunitario Andino

1. Impulsar, con la coordinación de la Secretaría General, iniciativas de difusión y capacitación, curriculares y extracurriculares, sobre la Comunidad Andina (derecho, economía, política, historia) y otras actividades académicas mediante alianzas con la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello, la Universidad Andina Simón Bolívar, universidades públicas y privadas del área andina y escuelas judiciales, entre otras instituciones. Los programas de difusión y capacitación deberían incluir a jueces, abogados, gremios, estudiantes, entre otros actores en el proceso de integración.

2. Difundir en medio impreso y electrónico la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, en forma coordinada con los Diarios Oficiales de los Países Miembros.

3. Incluir vínculos entre las páginas web de la Comunidad Andina y las oficiales de los Países Miembros y, en particular, las de los Diarios Oficiales nacionales.

4. Publicar, por medios impresos y electrónicos, con la coordinación de la Secretaría General, afiches informativos sobre la Comunidad Andina, sus instituciones, sus objetivos y su Derecho.

5. Publicar, por parte de la Secretaría General, por medios impresos y electrónicos un compendio que incluya las normas básicas de la Comunidad Andina.

6. Mejorar los contenidos y el acceso a la secciones de normativa andina y procedimientos de solución de controversias, que aparecen en las direcciones oficiales de internet de la Secretaría General y del Tribunal de Justicia.

7. Implementar diversas estrategias de visibilidad de la Comunidad Andina, mediante la definición de condiciones para el uso de símbolos y una bandera que la identifique.


B. Mejora de los procedimientos de iniciativa legislativa

1. Elaborar, por parte de la Secretaría General y con el apoyo de los Comités sectoriales, informes sobre el impacto jurídico y, cuando sea posible, económico y social que puede producir en cada uno de los Países Miembros la posible adopción de propuestas de normas comunitarias. En este examen se podría realizar coordinaciones con los órganos que indique cada País Miembro.

2. Impulsar, por parte de la Secretaría General, una mayor transparencia y publicidad de los actos y documentos preparatorios de normas comunitarias, en especial aquellos que tengan mayor impacto directo en la sociedad.

3. Evaluar, por parte de la Secretaría General, las propuestas de Decisiones y demás normas que ameriten ser conocidas y comentadas por el Parlamento Andino, los Consejos Consultivos Andinos y la sociedad civil, sin que dichos comentarios tengan carácter vinculante. Estas consultas podrían contemplar la posibilidad de que algunas propuestas fueran publicadas en la página web antes de su adopción

4. Evaluar, previo a la adopción de una norma comunitaria, las competencias de los órganos y el instrumento jurídico idóneo para conseguir los objetivos de la iniciativa.


C. Asistencia técnica y control en la aplicación del Derecho Comunitario Andino

1. Intensificar la cooperación de la Secretaría General con los Países Miembros y el ofrecimiento de su asistencia técnica para garantizar una aplicación y reglamentación eficaz de las normas comunitarias.

2. Emitir y difundir, por parte de la Secretaría General, documentos o comunicaciones orientativas e informativas, de carácter no vinculante, acerca de la debida aplicación de normas comunitarias, en especial en aquellos ámbitos en los que se le haya confiado la gestión y administración de esas normas.

3. Estudiar la posibilidad de realizar análisis no vinculantes sobre el estado de aplicación de las políticas comunitarias en cada uno de los Países Miembros. Dichos análisis no se enfocarían en el señalamiento de posibles incumplimientos.

4. Elaborar y publicar, por parte de la Secretaría General, un informe anual sobre su desempeño en la función de velar por el cumplimiento del ordenamiento jurídico andino, que se presentaría al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión de la Comunidad Andina, al Parlamento Andino y, a través de la autoridad nacional competente, a los órganos que indique cada País Miembro.

5. Incluir en los informes sobre el estado de los incumplimientos, que realiza periódicamente la Secretaría General, una evaluación del impacto que pueden tener dichos incumplimientos respecto de la consecución de los objetivos del Acuerdo de Cartagena.



II. EN CUANTO A LA MEJORA DEL PROCEDIMIENTO PREJUDICIAL DE INCUMPLIMIENTO


1. Recomendar la aprobación de las reformas a la fase prejudicial de la acción de incumplimiento, contenidas en el Proyecto de Decisión, que el Grupo Ad-hoc y la Secretaría General ponen a consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión de la Comunidad Andina.

2. Desarrollar, por parte de la Secretaría General, un sistema informático que permita el acceso a expedientes virtuales por internet, que incluya la relación de las denuncias, reclamaciones e investigaciones de oficio. El acceso a estos expedientes debería tener garantías de seguridad adecuadas para evitar alteraciones de los documentos.

3. Difundir y capacitar, por parte de la Secretaría General, sobre los nuevos procedimientos y reformas a la fase prejudicial de la acción de incumplimiento y su aplicación.


III. CON REFERENCIA A LA MEJORA DE LOS PROCEDIMIENTOS ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Y LOS MECANISMOS DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE INCUMPLIMIENTO

1. Recomendar la aprobación de las reformas al Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, contenidas en un Proyecto de Decisión, e impulsar iniciativas para difundir y capacitar, por parte del Tribunal de Justicia y la Secretaría General, sobre las reformas que se introduzcan al Estatuto y su aplicación.

2. Difundir, a través de un boletín oficial electrónico, una reseña de las demandas y consultas presentadas ante el Tribunal así como sus sentencias.

IV. IMPLEMENTACION DE LAS RECOMENDACIONES DEL GRUPO AD-HOC

El Grupo Ad-Hoc recomienda a la Secretaría General y al Tribunal de Justicia gestionar los recursos necesarios de la cooperación técnica internacional para el desarrollo de estas recomendaciones.


* * * * *

Lista de Participantes